POLÍTICA INTEGRAL DE TRATAMIENTO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL CONJUNTO RESIDENCIAL GORRIÓN

INTRODUCCIÓN

La Copropiedad, CONJUNTO RESIDENCIAL GORRIÓN – PH en cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, así como la normatividad concordante, se permite informar a los interesados respecto de la adopción de la Política Integral de Tratamiento de Datos Personales, la cual reconoce, acata y respeta los derechos de los Titulares de la información, asume con responsabilidad los deberes como Responsable e implementa los procedimientos de control necesarios para la protección de los datos personales a los cuales tiene acceso en el giro ordinario de sus actividades, para que los Encargados ejecuten sus labores observando todo lo que se consigna en este documento y en los demás que lo complementan, tal y como se indica más adelante.

El CONJUNTO RESIDENCIAL GORRIÓN – PH adopta la presente política para el tratamiento de datos personales, la cual será informada a todos los Titulares de los datos: a quienes ya fueron recolectados y de quienes se obtengan en el futuro, en el ejercicio de las actividades inherentes de la Propiedad Horizontal, así como en desarrollo de las relaciones de tipo comercial, contractual o laboral.

De esta manera, el CONJUNTO RESIDENCIAL GORRIÓN – PH manifiesta que garantiza los derechos a la: Privacidad, Intimidad, Buen Nombre, en el tratamiento de los datos personales, y en consecuencia, todas sus actuaciones se regirán por los principios rectores de: Legalidad, Finalidad, Libertad, Veracidad o Calidad, Transparencia, Acceso y Circulación Restringida, Seguridad y Confidencialidad.

Todos los Titulares de Datos Personales que, en desarrollo de diferentes actividades legales, culturales, contractuales, comerciales, laborales, entre otras, sean permanentes u ocasionales, que llegaran a suministrar al CONJUNTO RESIDENCIAL GORRIÓN – PH cualquier tipo de información o dato Personal, podrá: conocerla, actualizarla, rectificarla o suprimirla. Así como revocar la autorización otorgada.

POLÍTICA INTEGRAL DE TRATAMIENTO DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL CONJUNTO RESIDENCIAL GORRIÓN – PH

Capítulo I – RESPONSABLE Y ENCARGADO DEL TRATAMIENTO

Responsable del Tratamiento:

El CONJUNTO RESIDENCIAL GORRIÓN- PH, quien adelante se denominará La Copropiedad, constituida como Propiedad Horizontal con personería jurídica otorgada mediante Escritura Pública No. 5202 del 25 de septiembre de 2018, de la Notaría Tercera de Barranquilla.

Domicilio:

La Copropiedad tiene su domicilio en la ciudad de Barranquilla

Dirección:

Carrera 41G # 113-125

Correo electrónico:

conjuntogorrion@gmail.com

Teléfono:

605 305 9723

El OFICIAL DEL TRATAMIENTO DE DATOS en la Copropiedad será quien ejerza la representación legal, y tendrá a cargo las responsabilidades que le atañen.
El ENCARGADO del Tratamiento de Datos es la firma de Vigilancia contratada por la Propiedad Horizontal quien independientemente del Contratista que asuma dichas obligaciones, recibe una delegación específica que le hace el responsable y en tal virtud, obedece las instrucciones impartidas por el Responsable, sobre la manera en que deberán ser administrados los datos.

De igual manera, la Copropiedad podrá contratar servicios con terceros, para temas como asesorías legales, recuperación de cartera, entre otros, a quienes se les realizará transmisión datos personales para la ejecución del objeto, por lo que suscribirán Acuerdos de Confidencialidad y fungirán de manera transitoria como ENCARGADOS DEL TRATAMIENTO DE DATOS.

Capítulo II – MARCO NORMATIVO Y JURISPRUDENCIAL

• Constitución Política de Colombia de 1991, artículo 15 y artículo 20.
• Ley 1581 de 2012 (17 de octubre), Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.
• Decreto Reglamentario 2952 de 2010 (6 de agosto), Por el cual se reglamentan los artículos 12 y 13 de la Ley 1266 de 2008.
• Decreto Reglamentario 886 de 2014 (13 de mayo), Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, relativo al Registro Nacional de Bases de Datos.
• Decreto Reglamentario 1074 de 2015 (26 de mayo), Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. • Decreto 090 de 2018 (18 de enero), Por el cual se modifican los artículos 2.2.2.26.1.2 y 2.2.2.26.3.1 del Decreto 1074 de 2015 – Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
• Sentencia C – 1011 de 2008, de la Corte Constitucional. Sentencia C – 748 del 2011, de la Corte Constitucional.

Capítulo III – ÁMBITO DE APLICACIÓN

La presente política será aplicable a los datos de personas naturales registrados en cualquiera de nuestras bases de datos identificada, sea física o digital y que los haga susceptibles de tratamiento.

Capítulo IV – DEFINICIONES

Para los efectos de la presente política y para su claridad, La Copropiedad se permite a continuación indicar las definiciones de los términos relativos a su derecho fundamental de habeas data, las cuales son tomadas de la normatividad vigente que regula la materia:

  • Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.
    Aviso de privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el responsable, dirigida al Titular para el tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
  • Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de tratamiento.
    Causahabiente: Persona que ha sucedido a otra por causa del fallecimiento de ésta (heredero).
  • Consulta: Solicitud del Titular del dato o las personas autorizadas por éste, o por La Copropiedad, para conocer la información que reposa sobre ella en bases de datos o archivos.
    Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
  • Dato público: Es el dato que de acuerdo con la ley, no es semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.
  • Datos sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos (huellas dactilares, entre otros).

La citada Ley 1581 de 2012, prohíbe el tratamiento de datos sensibles con excepción de los siguientes casos: (i) Cuando el Titular otorga su consentimiento; (ii) El Tratamiento es necesario para salvaguardar el interés vital del Titular y este se encuentre física o jurídicamente incapacitado; (iii) El tratamiento es efectuado en el curso de las actividades legítimas y con las debidas garantías por parte de una fundación, ONG, asociación o cualquier otro organismo sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea política, filosófica, religiosa o sindical, siempre que se refieran exclusivamente a sus miembros o a las personas que mantengan contactos regulares por razón de su finalidad; (iv) El tratamiento hace alusión a datos que sean necesarios para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial; y (v) El Tratamiento tenga una finalidad histórica, estadística o científica, en este último caso deben adoptarse las medidas conducentes a la supresión de identidad de los titulares.

Datos personales de los niños, niñas y adolescentes (NNA): Se debe tener en cuenta que, aunque la Ley 1581 de 2012, prohíbe el tratamiento de los datos personales de los niños, niñas y adolescentes, salvo aquellos que por su naturaleza son públicos, la Corte Constitucional precisó que independientemente de la naturaleza del dato, se puede realizar el tratamiento de estos “siempre y cuando el fin que se persiga con dicho tratamiento responde al interés superior de los niños, niñas y adolescentes y se asegure sin excepción alguna el respeto a sus derechos prevalentes“. Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del Tratamiento.

  • Reclamo: Solicitud del Titular del dato o las personas autorizadas por éste o por la Ley para corregir, actualizar o suprimir sus datos personales. Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos.
  • Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.
    Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como: la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
  • Transferencia: La transferencia de datos tiene lugar cuando el responsable y/o encargado del tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es responsable del tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.Transmisión: Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un tratamiento por el encargado por cuenta del responsable.

Capítulo V – PRINCIPIOS RECTORES PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS

Para efectos de garantizar la protección de datos personales, La Copropiedad aplicará de manera armónica e integral, a la luz de los cuales se deberá realizar el tratamiento, transferencia y transmisión de datos personales, los siguientes principios:
• Principio de Legalidad en materia de Tratamiento de datos: El tratamiento de datos es una actividad reglada, la cual deberá estar sujeta a las disposiciones legales vigentes y aplicables que rigen el tema.
• Principio de Finalidad: La actividad del tratamiento de datos personales que realice La Copropiedad o a la cual tuviere acceso, obedecerá a una finalidad legítima en consonancia con la Constitución Política de Colombia, la cual deberá ser informada al respectivo Titular de los datos personales.
• Principio de Libertad: El tratamiento de los datos personales sólo puede realizarse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal, estatutario, o judicial que revele el consentimiento.
• Principio de Veracidad o Calidad: La información sujeta a Tratamiento de datos personales debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
• Principio de Transparencia: En el tratamiento de datos personales, La Copropiedad garantizará al Titular su derecho de obtener en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de cualquier tipo de información o dato personal que sea de su interés o titularidad.
• Principio de acceso y circulación restringida: El tratamiento de datos personales se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de éstos, de las disposiciones de la ley y la Constitución. En consecuencia, el tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la ley. Los datos personales, salvo la información pública, no podrá estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los titulares o terceros autorizados conforme a la ley. Para estos propósitos la obligación de La Copropiedad, será de medio.
• Principio de seguridad: La información sujeta a tratamiento por La Copropiedad, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
• Principio de confidencialidad: Todas las personas que, en La Copropiedad,

administren, manejen, actualicen o tengan acceso a informaciones de cualquier tipo que se encuentre en Bases de Datos, están obligadas a garantizar la reserva de la información, por lo que se comprometen a conservar y mantener de manera estrictamente confidencial y no revelar a terceros, toda la información que llegaren a conocer en la ejecución y ejercicio de sus funciones; salvo cuando se trate de actividades autorizadas expresamente por la Ley de protección de datos. Esta obligación persiste y se mantendrá inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento.

Capítulo VI – DERECHOS DEL TITULAR DE LA INFORMACIÓN

De acuerdo con lo contemplado por la normatividad vigente aplicable en materia de protección de datos, la Copropiedad, a través de ésta Política, garantiza a los titulares, causahabientes del titular, representantes legales y apoderados del titular de los datos personales los derechos que se indican a continuación:
a. Acceder, conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a la Copropiedad en su condición de responsable del tratamiento. Este derecho se podrá ejercer, entre otros, frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento estén expresamente prohibidos o no hayan sido autorizados. b. Solicitar prueba de la autorización otorgada a La Copropiedad para el tratamiento de datos, mediante cualquier medio válido, o conducta inequívoca, salvo en los casos en que no es necesaria la autorización.
c. Ser informado por La Copropiedad, previa solicitud, respecto del uso dado a sus datos personales.
d. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), o la entidad que hiciere sus veces, quejas por infracciones a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen, previo trámite de consulta o requerimiento ante La Copropiedad.
e. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales.
f. Acceder en forma gratuita, previa Consulta del Titular, a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento, al menos una vez al mes

calendario, y cada vez que existan modificaciones sustanciales de la presente política que motiven nuevas consultas. Estos derechos podrán ser ejercidos por:
El Titular, quien deberá acreditar su identidad en forma suficiente por los distintos medios que le ponga a disposición La Copropiedad.
El representante y/o apoderado del Titular, previa acreditación de la representación o apoderamiento.
6.1 Derechos de los niños y adolescentes:
En el tratamiento de datos personales se asegurará el respeto a los derechos prevalentes de los menores. Queda proscrito el tratamiento de datos personales de menores, salvo aquellos datos que sean de naturaleza pública, y en este caso el tratamiento deberá cumplir con los siguientes parámetros:
a. Responder y respetar el interés superior de los menores.
b. Asegurar el respeto de los derechos fundamentales de los menores.

Capítulo VII – DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA COPROPIEDAD COMO RESPONSABLE Y DE LOS ENCARGADOS EN EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

La Copropiedad reconoce la titularidad que de los datos personales ostentan las personas naturales y, en consecuencia, ellas de manera exclusiva pueden decidir sobre los mismos. Por lo tanto, La Copropiedad utilizará los datos personales para el cumplimiento de las finalidades autorizadas expresamente por el Titular o por las normas vigentes.
En el tratamiento y protección de datos personales, La Copropiedad como RESPONSABLE tendrá los siguientes deberes, así como los ENCARGARDOS en el marco de sus obligaciones contractuales, sin perjuicio de otros previstos en las disposiciones que regulen o lleguen a regular esta materia:
a. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.
b. Solicitar y conservar, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular para el tratamiento de datos personales.
c. Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten en virtud de la autorización otorgada.
d. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
e. Garantizar que la información sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.
f. Actualizar oportunamente la información, atendiendo de esta forma todas las novedades respecto de los datos del Titular. Adicionalmente, se deberán implementar todas las medidas necesarias para que la información se mantenga actualizada.
g. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente.
h. Suministrar al Encargado (s) del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la presente ley.
i. Respetar y exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular.
j. Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos y condiciones señalados por la ley.
k. Adoptar de manera real y no solo formal, la Política Integral de Tratamiento de Datos Personales, con sus protocolos, procedimientos y formatos, para garantizar el cumplimiento de los Derechos de los titulares y la Ley.
l. Identificar cuando determinada información se encuentra “en discusión” por la interposición de un reclamo por parte del Titular y si es de resorte del Encargado, informarle.
m. Informar a solicitud del Titular sobre el uso dado a sus datos.
n. Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los titulares.
o. Cumplir los requerimientos e instrucciones que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sobre el tema en particular.
p. Usar únicamente datos cuyo tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la ley 1581 de 2012.
q. Velar por el uso adecuado de los datos personales de los niños, niñas y adolescentes, en aquellos casos en que se encuentra autorizado el tratamiento de sus datos por el representante legal del menor.
r. Registrar en la base de datos la leyenda «Reclamo en Trámite» en la forma en que se regula en la ley.
s. Insertar en la base de datos la leyenda «Información en Discusión Judicial» una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad del dato personal.
t. Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
u. Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella.
v. Usar los datos personales del Titular sólo para aquellas finalidades para las que se encuentre facultada debidamente y respetando en todo caso la normatividad vigente sobre protección de datos personales.
Por su parte los ENCARGARDOS que funjan como tales, de manera transitoria o permanente en cumplimiento de funciones u obligaciones contractuales, sin perjuicio de otros previstos en las disposiciones que regulen o lleguen a regular esta materia, deberán:
a. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo derecho fundamental de Habeas Data.
b. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
c. Actualizar la información reportada por los Responsables del Tratamiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de su recibo.
d. Canalizar de manera inmediata al Responsable las consultas y reclamos formulados por los Titulares a la Copropiedad, para que sean tramitados de acuerdo con el Procedimiento Atención de Solicitudes, en los términos de Ley.
e. Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio.
f. Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella, de acuerdo con los lineamientos dados por ésta Política. g. Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.
h. Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.

Capítulo VIII – AUTORIZACIÓN Y CONSENTIMIENTO DEL TITULAR

La Copropiedad requiere del consentimiento libre, previo, expreso e informado del Titular de los datos personales para el tratamiento de los mismos, excepto en los casos expresamente autorizados en la ley, a saber: a. Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial.
b. Datos de naturaleza pública.
c. Casos de urgencia médica o sanitaria.
d. Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos.
e. Datos relacionados con el Registro Civil de las Personas.
8.1 Medios para otorgar la autorización:
La autorización será solicitada por La Copropiedad de manera previa al tratamiento de los datos personales.
La Copropiedad obtendrá la autorización mediante diferentes medios, entre ellos el documento físico o electrónico (vía correo electrónico), en todo caso debe ser un medio que permita la obtención del consentimiento mediante conductas inequívocas, a través de las cuales se concluya, que de no haberse surtido la misma por parte del Titular o la persona legitimada para ello, los datos no se hubieran almacenado o capturado en la base de datos. 8.2 Prueba de la autorización:
La Copropiedad conservará la prueba de la autorización otorgada por los titulares de los datos personales para su tratamiento, para lo cual utilizará los mecanismos disponibles a su alcance en la actualidad (físico y electrónico), al igual que adopta las acciones necesarias para mantener el registro de la forma y fecha en la que se obtuvo. En consecuencia, la Copropiedad podrá establecer archivos físicos o repositorios electrónicos realizados de manera directa o a través de terceros contratados para tal fin, quienes tendrá cláusula de Confidencialidad para el manejo de esta información.
Para el caso de los visitantes firmarán en la Minuta de Registro el consentimiento de la Autorización, la cual será presentada de manera previa para su lectura y aceptación, junto con el Aviso de Privacidad disponible en la Recepción o Portería.
En caso de que la Autorización sea solicitada por el Titular, se informará que dicha solicitud puede realizarse al correo electrónico, y se atenderá de acuerdo con el Procedimiento de Atención de Solicitudes.
8.3 Revocatoria de la autorización:
Los titulares de los datos personales pueden en cualquier momento revocar la autorización otorgada a La Copropiedad para el tratamiento de sus datos personales o solicitar la supresión de los mismos, siempre y cuando no lo impida una disposición legal o contractual. La Copropiedad reglamenta mediante el Procedimiento de Atención de Solicitudes, mecanismos sencillos y gratuitos que permitan al Titular revocar su autorización o solicitar la supresión sus datos personales, al menos por el mismo medio por el que lo otorgó.
Para lo anterior, deberá tenerse en cuenta que la revocatoria del consentimiento puede expresarse, por una parte, de manera total en relación con las finalidades autorizadas, y por lo tanto, la Copropiedad deberá cesar cualquier actividad de tratamiento de los datos; y por la otra, de manera parcial en relación con ciertos tipos de tratamiento, en cuyo caso serán estos sobre los que cesarán las actividades de tratamiento, como para fines informativos, entre otros. En este último caso, La Copropiedad podrá continuar tratando los datos personales para aquellos fines en relación con los cuales el Titular no hubiera revocado su consentimiento.

Capítulo IX – TRATAMIENTO Y FINALIDAD AL CUAL SERÁN SOMETIDOS LOS DATOS PERSONALES

El Tratamiento de los datos personales de visitantes, residentes, copropietarios, empleados, proveedores, contratistas, domiciliarios, o de cualquier persona con la cual La Copropiedad tuviere establecida o estableciera una relación, permanente u ocasional, en el marco legal que regula la materia y en virtud de su condición de Propiedad Horizontal, y serán todos los necesarios para el cumplimiento de su actividad propia. En todo caso, los datos personales podrán ser recolectados y Tratados para: a. Realizar el envío de información relacionada con actividades, noticias, eventos, contenidos de interés, y demás servicios que sean ofrecidos por la Copropiedad.
b. Desarrollar las acciones, reuniones, Asambleas y demás actividades propias de La Copropiedad conforme a lo estipulado en el Reglamento de Propiedad Horizontal, Manual de Convivencia, la Ley 675 de 2001 y en general normatividad aplicable.
c. Cumplir con la normatividad vigente en Colombia para las Sociedades sin ánimo de lucro, incluyendo, pero sin limitarse a cualquier requerimiento de las entidades de inspección, vigilancia y control o las autoridades locales. d. Cumplir las normas aplicables a proveedores y contratistas, incluyendo, pero sin limitarse a las tributarias y comerciales, realizando el contacto para efectuar la vinculación como contratista o proveedor. Se faculta a la Copropiedad consultar, constatar, revisar información personal dispuesta en bases de datos de consulta pública de autoridades de policía y entidades de control.
e. Cumplir lo dispuesto por el ordenamiento jurídico colombiano en materia laboral y de seguridad social, entre otras, aplicables a ex empleados, empleados actuales y candidatos a futuro empleo.
f. Realizar encuestas con fines estadísticos y relacionadas con los servicios o actividades de La Copropiedad.
g. Contactarlo a través de correo electrónico, llamadas telefónicas y otros medios de mensajería electrónica equivalentes, como las notificaciones, en relación a actualización o culminaciones informativas relacionadas con los eventos o actividades realizadas en la Copropiedad.
h. Llevar a cabo los procesos de facturación, cartera, cobranzas y pagos por las expensas ordinarias, extraordinarias y multas establecidas en el Reglamento de Propiedad horizontal, Manual de Convivencia, atendiendo lo consagrado en la Ley 675 de 2001.
i. Atender requerimientos judiciales o extrajudiciales de autoridades del poder público de la República de Colombia.
j. Cumplir con los protocolos de vigilancia, con el fin de garantizar la seguridad y protección de los bienes comunes, reducir los riesgos para los bienes privados, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos, llevando a cabo las respectivas comprobaciones, registros y prevenciones necesarias.
k. Documentar el trámite de un reclamo o solicitud ante una autoridad pública, un tercero o para obtener la indemnización de un reclamo ante la Compañía de Seguros por Pólizas suscritas por la Copropiedad.
De cualquier manera, cuando La Copropiedad cambie sustancialmente alguna de estas finalidades o el tratamiento de las mismas, informará dicha circunstancia a través de la Recepción – Portería, Administración y cartelera informativa, para la validación de los Titulares de datos personales sobre el mismo. Para el tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes se procederá de acuerdo a lo contemplado en la presente política en el Capítulo VI en el acápite correspondiente.
9.1 Datos sensibles:
La Copropiedad realiza tratamiento de datos personales sensibles. El tratamiento de los datos personales de naturaleza sensible está prohibido por el ordenamiento jurídico colombiano, salvo que se cuente con autorización expresa, previa e informada del Titular, entre otras excepciones consagradas en el artículo 6 de la Ley 1581 de 2012.
La Copropiedad se permite informar, que además de cumplir con los requisitos establecidos para la autorización como se expone en el Capítulo VIII, usted tiene la libre facultad de no autorizar el tratamiento de sus datos sensibles.
La Copropiedad tratará los datos sensibles bajo estrictos estándares de seguridad y confidencialidad. Para este fin, se han implementado medidas administrativas, de obligatorio cumplimiento para los involucrados y, en tanto es aplicable según el caso, a sus proveedores, contratistas y aliados comerciales. La Copropiedad podrá hacer uso y tratamiento de ellos cuando:
a. El Titular haya dado su autorización explícita, salvo en los casos que por ley no sea requerido el otorgamiento de dicha autorización.
b. El tratamiento sea necesario para salvaguardar el interés vital del Titular y este se encuentre física o jurídicamente incapacitado. En estos eventos, los representantes legales deberán otorgar su autorización.
c. El tratamiento sea efectuado en el curso de las actividades legítimas y con las debidas garantías por parte de una fundación, ONG, asociación o cualquier otro organismo sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea política, filosófica, religiosa o sindical, siempre que se refieran exclusivamente a sus miembros o a las personas que mantengan contactos regulares por razón de su finalidad.
d. El Tratamiento se refiera a datos que sean necesarios para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial. e. El Tratamiento tenga una finalidad histórica, estadística o científica. En este evento deberán adoptarse las medidas conducentes a la supresión de identidad de los titulares. Sin perjuicio de las excepciones previstas en la ley, en el tratamiento de datos sensibles se requiere la autorización previa, expresa e informada del Titular, la cual deberá ser obtenida por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta y verificación posterior.

Capítulo X – AUTORIZACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

Se requiere la autorización previa, expresa e informada del Titular para el uso de sus Datos Personales, la cual deberá obtener La Copropiedad previo diligenciamiento del Formato Autorización para el Tratamiento de Datos Personales, deberá ser diligenciado en su totalidad por el Titular, con información veraz y entregado en la Recepción – Portería, en la Administración o mediante solicitud al correo electrónico: conjuntogorrion@gmail.com.
Para el caso de visitantes se informa la autorización previa, expresa e informada del Titular, pero se otorga mediante conducta inequívoca con la firma en la Minuta de Visitantes.
En La Copropiedad trataremos sus datos para los fines indicados en ésta Política y nunca para finalidades diferentes a las autorizadas por el Titular. De igual manera, al momento de la recolección de los datos el Titular debe ser informado, de forma expresa, inequívoca de la finalidad del tratamiento, además de las posibilidades de ejercer el derecho de habeas data, de acceso, rectificación, cancelación y oposición a la información que es recolectada.
La Copropiedad obtiene su autorización utilizando el Formato Autorización para el Tratamiento de Datos Personales, el cual puede ser allegado por el Titular, a través de los medios dispuestos por la Copropiedad y que, de acuerdo con las normas vigentes en el ordenamiento jurídico colombiano, garantizan su consulta posterior, los cuales son: Por escrito, por correo electrónico completa y debidamente diligenciado por quien otorga la Autorización. O mediante conducta concluyente para el caso de imágenes.

Capítulo XI – AVISO DE PRIVACIDAD

El Aviso de Privacidad es un documento físico que se pone a disposición del Titular en la Recepción o Portería de la Copropiedad, con el fin de informarle sobre el Tratamiento de los datos personales y comunicar información relacionada con la existencia de la Política Integral de Datos Personales de la Copropiedad, la forma de acceder a las misma, las finalidades del Tratamiento y contiene:
a. La identidad, domicilio y datos de contacto del responsable de Tratamiento.
b. El tipo de Tratamiento al cual serán sometidos los datos y la finalidad del mismo.
c. Los derechos del Titular.
d. Los mecanismos dispuestos por el Responsable para que el Titular conozca la Política Integral de Tratamiento de Datos Personales, así como los cambios que se produzcan.
e. Los procedimientos para la atención de consultas y reclamos.
f. El carácter facultativo de la respuesta relativa a preguntas relacionadas con los datos sensibles.

Capítulo XII – GARANTÍAS DEL DERECHO DE ACCESO

Para garantizar el derecho de acceso del Titular de los datos, La Copropiedad pondrá a disposición de éste, previa acreditación de su identidad, legitimidad, o personalidad de su representante, sin costo o erogación alguna, de manera pormenorizada y detallada, los respectivos datos personales a través de todo tipo de medio, incluyendo los medios electrónicos que permitan el acceso directo del Titular a ellos. Dicho acceso deberá ofrecerse sin límite alguno y le deben permitir al Titular la posibilidad de conocerlos y actualizarlos.

Capítulo XIII – PROCEDIMIENTOS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DEL TITULAR

13.1 Procedimiento de Consultas:
Los Titulares podrán consultar la información personal que repose en las bases de datos de La Copropiedad, mediante comunicación dirigida al Responsable, la cual puede ser radicada en físico en la Recepción – Portería o enviada al correo electrónico: conjuntogorrion@gmail.com, en todo caso el Titular deberá indicar con claridad el lugar y dirección de notificación de la respuesta.
La Copropiedad suministrará toda la información contenida en el registro individual o que esté vinculada con la identificación del Titular, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado antes del vencimiento de los diez (10) días, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se emitirá la respuesta a su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo.
13.2 Procedimiento de Reclamos
El Titular que considere que la información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la ley, podrán presentar un reclamo ante La Copropiedad, el cual será tramitado bajo las siguientes reglas:
El reclamo del Titular se formulará mediante solicitud dirigida a la Copropiedad al correo electrónico: conjuntogorrion@gmail.com o mediante comunicación escrita dirigida al Representante legal de la Copropiedad, con la identificación del Titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y acompañando los documentos que se quiera hacer valer. Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.
En caso de que el reclamo no sea de competencia de La Copropiedad, se dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.
El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
13.3 Procedimiento para la Atención de Petición de actualización y/o rectificación
La Copropiedad rectificará y actualizará, a solicitud del Titular, la información de éste que resulte ser incompleta o inexacta, de conformidad tcon el procedimiento y los términos antes señalados, para lo cual se tendrá en cuenta:
1. El Titular deberá allegar la solicitud al correo electrónico conjuntogorrion@gmail.com o en medio físico dirigido al Representante legal indicando la actualización y/o rectificación a realizar y aportará la documentación que sustente su petición.
2. La Copropiedad podrá habilitar mecanismos que le faciliten el ejercicio de este derecho al Titular, siempre y cuando éstos lo beneficien. En consecuencia, se podrán habilitar medios electrónicos u otros que considere pertinentes, los cuales serán informados en el Aviso de Privacidad, el cual estará disponible en la Recepción – Portería y se pondrán a disposición de los interesados en la cartelera informativa.
13.4 Procedimiento para la Atención de Petición de Supresión de Datos
El titular de los datos personales tiene el derecho de solicitar a La Copropiedad su supresión (eliminación) en cualquiera de los siguientes eventos:
1. Considere que los mismos no están siendo tratados conforme a los principios, deberes y obligaciones previstas en la normatividad vigente.
2. Hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual fueron recabados.
3. Se haya superado el periodo necesario para el cumplimiento de los fines para los que fueron recabados. Esta supresión implica la eliminación total o parcial de la información personal de acuerdo con lo solicitado por el Titular en los registros, archivos, bases de datos o tratamientos realizados por La Copropiedad.
Sin embargo, este derecho del Titular no es absoluto y en consecuencia La Copropiedad podrá negar el ejercicio del mismo cuando:
a. El Titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos.
b. La eliminación de datos obstaculice actuaciones judiciales o administrativas vinculadas a obligaciones fiscales, la investigación y persecución de delitos o la actualización de sanciones administrativas.
c. Los datos sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del Titular; para realizar una acción en función del interés público, o para cumplir con una obligación legalmente adquirida por el Titular.
La Copropiedad aplicará internamente el Procedimiento Atención de Solicitudes que regula estos trámites.

Capítulo XIV – VIGENCIA

La presente política rige a partir del 1 de junio de 2022 y deja sin efectos los reglamentos o manuales especiales que se hubiesen podido adoptar por instancias administrativas en La Copropiedad.
La Copropiedad ha creado la presente Política Integral de Tratamiento de Datos Personales en el que se definen, entre otros, los principios que cumplirán al transferir, recolectar, almacenar, usar y realizar cualquier actividad u operación con datos personales y los mecanismos para que los ejerzan. Este manual puede ser consultado en la administración, Recepción – Portería, cartelera informativa y nuestro sitio web.
Los datos principales de la Copropiedad a los que usted se puede comunicar para recibir mayor información son:

Responsable del Tratamiento:

El CONJUNTO RESIDENCIAL GORRIÓN- PH, quien adelante se denominará La Copropiedad, constituida como Propiedad Horizontal con personería jurídica otorgada mediante Escritura Pública No. 5202 del 25 de septiembre de 2018, de la Notaría Tercera de Barranquilla.

Domicilio:

La Copropiedad tiene su domicilio en la ciudad de Barranquilla

Dirección:

Carrera 41G # 113-125

Correo electrónico:

conjuntogorrion@gmail.com

Teléfono:

605 305 9723

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